En el TEEM-PES-VPMG-210/2024, instaurado de manera oficiosa por el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) en contra del entonces candidato a Presidente municipal de Tumbiscatío postulado por los partidos Morena, del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), por la presunta comisión de violencia política en contra de las mujeres en razón de género (VPMG), al usurpar el lugar de una mujer para obtener su registro y hacer proselitismo bajo el género masculino, las magistraturas resolvieron declarar la existencia de la infracción, al acreditarse que la finalidad del escrito de autoadscripción realizado únicamente fue la de cumplir con el requisito que se exigió a los partidos respecto del principio de paridad de género en sus tres vertientes.
En razón de ello se impuso una multa a los denunciados y se ordenó inscribir al entonces candidato en los registros estatal y nacional de personas sancionadas por VPMG.
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