Alma Rosa Bahena Villalobos, Magistrada Presidenta; Yurisha Andrade Morales y Amelí Gissel Navarro Lepe, Magistradas; y los Magistrados Adrián Hernández Pinedo y Eric López Villaseñor en sesión pública analizaron y resolvieron cinco medios de impugnación: un recurso de apelación, un incidente de nulidad de actuaciones y tres juicios de la ciudadanía.
En el TEEM-JDC-155/2025 presentado por ciudadanas, ciudadanos y autoridades representantes del pueblo indígena de Chapa Nuevo, perteneciente al municipio de Salvador Escalante contra del acuerdo IEM-CG-50/2025 emitido por el Consejo General del IEM, a través del cual dio respuesta a la solicitud de consulta previa, libre e informada, solicitada por las autoridades civiles y agrarias de dicha comunidad; el Pleno resolvió revocar en lo que fue materia de impugnación el acuerdo, al considerar que el hecho de que en el Bando municipal contemple que esta comunidad pertenece a la Tenencia de Zirahuén, no es suficiente para considerar que no tiene el carácter de independiente, ya que este documento únicamente demuestra la calidad político-territorial de la comunidad y dicha calidad no puede prevalecer sobre los derechos de autoorganización y autodeterminación de esta. En razón de ello, se ordenó al IEM que, en ejercicio de sus atribuciones, realice las diligencias pertinentes con la finalidad de obtener información respecto a si la comunidad si es independiente y emita el acuerdo correspondiente.
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