Del Juicio TEEM-JDC-020/2025 promovido por un aspirante a ocupar el cargo de Juez Primero de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Zitácuaro, en contra del dictamen emitido por el Comité Evaluador del Poder Judicial del Estado en donde expuso las razones y fundamentos por los que no resultó elegible al cargo que aspiraba, el Tribunal Electoral del Estado resolvió revocar el dictamen, al estimar fundados los agravios formulados por la parte actora consistentes en que la autoridad no tomó en cuenta la totalidad de los documentos exhibidos para acreditar su experiencia profesional en el ejercicio de la actividad jurídica. En consecuencia, se ordenó al Comité evaluarle, de nueva cuenta, debiendo considerar que acreditó tener más de tres años de experiencia profesional jurídica y en caso de considerar que cumplió con los restantes requisitos constitucionales y legales de elegibilidad, evaluar su idoneidad para participar como candidato y en caso de considerar que el actor deba ser incluido en la lista de las o los mejores evaluados, efectuar los actos correspondientes para garantizar el cumplimiento de las siguientes etapas previstas en la normativa y convocatorias aplicables.
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